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Críticas a la prueba de la hipótesis de Riemann
¿Hacia la cibermilitancia?
Como Twitter, pero libre
Alfabetización digital crítica
Esta peregrina digital no ha podido compartir unos días con sus compañeros en el Edublogs 2008 de Santiago. Al menos pude, aunque torpemente, saludarles a través de una videoconferencia y avanzar parte de un artículo sobre alfabetización digital crítica que estoy trabajando para un próximo libro colectivo. Mientras termino ese texto, dejo aquí esta presentación con algunas de las ideas que recogerá (privacidad, concentración de poder, publicidad, identidad, credibilidad, etc.):
| View | Upload your ownAlgunos de estos apuntes ya los expuse en el “Manipula, que algo queda” del 10 Festival Zemos98 y en la MoodleMot de Bilbao. De esta última dio buena cuenta Josi Sierra con notas al vuelo y varios vídeos, como éste con Pablo Garaizar (Txipi para los amigos) en un resumen improvisado de la intervención:
Algunas lecturas de acompañamiento:
El libro Wikiworld, Political Economy and the Promise of Participatory Media (pdf), que aborda la educación abierta desde la corriente crítica.
El estudio de Ptqk sobre Políticas europeas de alfabetización audiovisual (pdf).
Todo el trabajo de análisis y documentación de Cristóbal Cobo en su blog e-rgonomic, sin olvidar su libro Planeta Web 2.0.
Un libro que he conocido hoy gracias a iDocente: Education for a Digital World (libro en pdf).
Darse al livebloggin’
Gracias al blog de Ethan descubrí este post con dos interesantes documentos que nos ayudan a manejarnos mejor en conferencias y eventos en las que se quiere blgogear en directo.
La fuerza del cambio
La justicia y la SGAE contra Julio Alonso: sentencia condenatoria
Ayer han remitido a Julio Alonso, fundador y CEO de Weblogs SL, la sentencia por el juicio por la demanda que la Sociedad General de Autores (SGAE) planteó contra él por vulnerar su derecho al honor tal y como él explica en su blog Merodeando. La sentencia es condenatoria en primera instancia imponiéndole una multa de 9.000 euros y le conmina a hacer pública la sentencia en su blog, a retirar los comentarios de su bitácora que generaron la demanda y a pagar las costas del juicio; tal y como se explica en El Pais. Alonso asegura en su blog que esto no ha acabado ni mucho menos y que tras un estudio más detallado de la sentencia la recurrirá. (Foto: Pixel y Dixel)
Tal y como explica Alonso en su blog:
"La juez acepta la demanda y la petición de condena que solicitaba la SGAE. Dice que ha habido menoscabo del honor de la SGAE y que yo soy responsable “como una suerte de colaborador necesario de las manifestaciones vertidas en su blog que atentan al honor y que (…) no sufrieron intervención alguna por parte del demandado”. Afirma también que aunque sea de aplicación la LSSICE, no deja de serlo la ley de protección del derecho al honor."Alonso critica que como único precedente jurídico la juez cita la sentencia del caso PutaSGAE, que no es firme; así como la sentencia de la Frikipedia, que a su vez remite a la anterior sentencia. Es decir, que una y otra se utilizan como argumento sin que tengan una mayor base sobre la cual aposentarse; tratando quizás de establecer una jurisprudencia ad hoc. Curiosamente, nada se menciona en cambio de la sentencia que absuelve al estudiante Iván Fresneda de pagar 200 Euros por un comentario anónimo en su blog Mafius.com. Otra crítica que se hace de la sentencia es que copia y pega tal cual una definición de blog sacada de internet además de llamar "posit" a los comentarios y "positeros a quien los hace". La verdad es que hace pensar esto sobre dónde se están informando los jueces para poder dictar sentencia sobre algo de lo que no parecen tener demasiado conocimiento práctico.
Todo esta historia comenzó hará 4 años cuando Julio Alonso se hizo eco en su blog de una campaña que buscaba mediante un Google Bombing situar como primer resultado a la web oficial de SGAE tras buscar la palabra "ladrones" en el famoso buscador Google. Este tipo de acciones se consiguen mediante la inclusión de enlaces a la web deseada en el mayor número de páginas o blogs utilizando el texto que se desea utilizar como criterio de la búsqueda. La campaña fue un éxito aunque la SGAE aparece en segundo lugar y quien aparece en primer lugar es en realidad el blog de Alonso, razón por la cual la SGAE seguramente fijó su atención en él y tras ponerse en contacto, lograron que retirase el enlace para participar en el bombing pero no los comentarios de los internautas que aparecían en el post. Precisamente en esto se basa la sentencia que admite la primera acción y recimina la segunda. El Tribunal hace responsable a Alonso de los comentarios y opiniones vertidos en ellos ya que ha quedado probado que es el autor del blog Merodeando y de sus contenidos y que tiene la "posibilidad técnica de controlar los comentarios" que además se "corresponden con una línea argumentativa que se inicia con la información que él mismo ofrece". Por lo tanto, según recoge la sentencia, Alonso sería "una suerte de colaborador necesario de las manifestaciones vertidas en su blog que atentan al honor" de la SGAE y que no fueron borrados por el autor. Julio Alonso en su conversación telefónica con El Pais ha declarado lo que ya ha dicho en otras ocasiones en su blog y es que no se ha tratado en ningún momento de identificar a los autores de los comentarios ni mucho menos de establecer cuáles y porqué son difamatorios.
Las reacciones en la blogosfera no se han hecho esperar y ayer ya se podían leer las primeras opiniones al respecto. Antonio Ortiz, autor de Error 500 y Director Editorial de Weblogs SL, destaca la importancia que puede tener esta sentencia con respecto a otros bloggers ya que les puede hacer responsables ya no de sus artículos sino también de cualquier comentario que un lector deje o incluso de los enlaces que haga. Esto lo define él como el posible principio de una "era de demandas para amedrentar". Rafa Osuna, conocido blogger y podcaster, es más ferviente en su blog Cabreados y asegura que serán muchos los que ayuden a Alonso a pagar lo estipulado por el tribunal si finalmente la sentencia se hace firme ya que "Julio no se está defendiendo a sí mismo, nos está defendiendo a todos, a todos los que creemos que no hay que ir con miedo frente a la SGAE, a todos los que creemos que los blogs deben seguir adelante con completa libertad. Entre todos tenemos que pagar nuestra propia defensa." David Bravo de Fílmica, advierte sobre "el efecto de inercia que esto puede causar en otros tribunales, algo nada bueno". Y desde SoyGik ya han creado un pequeño banner y animan a todos aquellos que se sientan identificados con Alonso y deseen mostrar su apoyo a colocarlo en sus propios blogs. (Banner:SoyGik)
Si quieres informarte con más detalle, el texto de la sentencia condenatoria así como una completa cronología del proceso están en el post de Julio Alonso. También te puede resultar especialmente interesante la entrevista que le hace ADN donde explica sus razones para seguir plantando cara a esta denuncia.
El rascacielos de la SGAE
Sólo porque algo sea fácil de medir, no significa que sea importante
Y ya era hora de que alguien lo dijera en alto, y ha sido Seth Godin.
En estos tiempos en que estamos hartos de oír hablar y de leer sobre la larga cola parece increíble que todavía muchas empresas den prioridad a la cantidad de audiencia en oposición a la calidad de la misma.
Y eso me ha hecho recordar un precioso diálogo (de tantos) de 'Studio 60' en el que Jordan ha de convencer a Danny de que se deje entrevistar por una periodista de Vanity Fair, y mirad como no hablan precisamente de número de lectores...
Parámetro "lo digo en serio" en content-type para IE8
El Hubble capta los restos de una supernova vista en la Edad Media
El googleperiodista
Últimamente están sembrados en El jueves y la tienen bien tomada -quizás por bien merecida- con los periodistas:
Como no la he encontrado en la web, enlazo directamente la página escaneada (imagino) al flickr de Alberto, que para eso se lo ha currado. Si pinchas la imagen podrás verla a tamaño real
Gases de efecto invernadero CO2, H2O,CH4 y ahora NF3
Formación en R para el profesorado de la UCA
Petición en el Congreso para que se regule la Ingeniería Informática
Impasse
Podcasting, profesionalización y marketing
En el pasado III Maratón PodcastBlog se tuvo la oportunidad de conversar con personajes más o menos populares relacionados de alguna forma con la publicación de contenidos en Internet, web 2.0, podcasting, blogging y un buen puñado de temas relacionados. Entre ellos estuvo Juanma Ortega, que participó en la tertulia sobre publicidad en los podcasts.
Juanma, como profesional de la radio, tiene una visión del podcasting muy básica (a mi juicio) y comercial. Para él todo lo que se publica debe tener cierto nivel de calidad en cuanto a contenidos y, sobre todo, a producción. Defiende la idea de que la única forma de popularizar este nuevo medio de comunicación es tendiendo hacia una clara profesionalización.
De esta forma el podcasting ganaría muchísima popularidad y al mismo tiempo atraería anunciantes. Evidentemente, que los anunciantes vieran en el podcasting una vía interesante para promocionar productos e invertir dinero sería de gran ayuda para hacer ver a los medios tradicionales que la publicación de contenidos en la Red se debería tener en cuenta en sus modelos de negocio. Esto es algo que en Estados Unidos ya está ocurriendo, es una realidad.
Los criterios de calidad de contenidos son bastante subjetivos. Personalmente aborrezco los programas de radio fórmula y si algo me gusta de los podcasts y de los blogs es que puedo pasar el rato leyendo y escuchando a gente sobre temas que conocen y de los que son unos apasionados. Pero esto, como digo, es subjetivo y está claro que si existen ciertos formatos es porque tienen respuesta por parte de la audiencia, que en cierta forma espera un tipo determinado de estructuras cuando accede a los medios de comunicación. Hablo claramente del público general y no del público más «enteradillo» o geek.
Donde discrepo totalmente de Juanma es en su exposición sobre la supuesta «seriedad» y nivel de producción necesarios dentro del podcasting para que los anunciantes puedan ver la oportunidad de usar los podcasts como plataforma publicitaria. Para Juanma, que viene de los medios tradicionales (no lo olvidemos), los anunciantes tienen mucho miedo a la imagen que pueden dar asociados a ciertos productos o actitudes.
Es decir, que si un podcaster quiere incluir publicidad en su podcast debe tener cuidado con lo que dice y como lo dice. No es censura, pero es claramente una autocensura impuesta por un supuesto sistema ya establecido en los medios tradicionales y que parece (según sus palabras) que es inamovible. Pongamos un ejemplo: si yo produzco un podcast sobre coches y quiero introducir publicidad no podría hablar mal de la marca que publicito, porque evidentemente me retirarían su confianza a la mínima.
Aunque parezca increible, esto ya ocurre en Estados Unidos, donde podcasts de video y audio son patrocinados por empresas cuyos productos son criticados libremente por sus creadores, que expresan su opinión personal y crítica.
En los blogs, una plataforma mucho más extendida y conocida por todos, ya existe una forma simple para los anunciantes de aparecer según sea relevante o no respecto a los contenidos que se publican en ellos. Hay servicios como Google Adsense que permiten a los autores ganar dinero con publicidad contextual. Si esos autores nombran determinados términos o marcas, apareceran sus anuncios en los banners publicitarios que se hayan incluido. Da igual si se habla bien o mal de un producto de una empresa determinada, el anunciante verá como aparece su publicidad allí donde sea relevante.
Desde el punto de vista publicitario falta madurez por parte del mercado hispanohablante en cuanto al desarrollo del marketing dentro de la distribución de contenidos audiovisuales en Internet. En Estados Unidos, donde el mercado publicitario en podcasts y programas en video está muy desarrollado, las empresas y las compañias de marketing han sabido adaptarse rápidamente a un nuevo mercado que es el único que va a crecer significativamente en los próximos años.
El otro asunto que me ha llamado la atención respecto a la incursión en el podcasting de Juanma Ortega ha sido la acusación por parte de muchos de que lo que hace «no es podcast sino radio por internet». Esta acusación, evidentemente, viene de los que consideran que los formatos radiofónicos (con contenidos y producción de estilo bien marcado), no se pueden considerar como un producto creado específicamente para la red, como son los podcasts.
Sigo el mundo del podcasting desde finales de 2004 y produzco un podcast desde comienzos de 2006. En todo este tiempo he podido ver como se creaba una comunidad hispana alrededor del podcasting y como existen en su interior corrientes de opinión bastante distintas respecto a como se consideran a si mismos y al podcasting en general.
Un tema que siempre levanta polémicas absurdas entre los podcasters es la forma correcta de definir qué es un podcast (o qué es podcasting). Además, el hecho de que en muchas ocasiones los medios de comunicación traten de forma muy simple el tema enfurece a muchos, sobre todo cuando se describe el podcasting como
Radio por Internet
Y sí, es cierto, el podcasting es una forma de crear programas de radio descargables por Internet. Un podcast es un programa en audio (como en la radio) y aunque no se tiene que usar obligatoriamente los formatos de la radio, también admite usarlos perfectamente. De hecho es recomendable estar atento a que se hace en la radio para aprender un poco de las formas correctas de hacer las cosas al crear programas en audio..
Luego cada uno es libre de seguir esas fórmulas academicistas o no. Son tan válidas como no seguir ningún patrón establecido y hacer lo que quieras sin ajustarte a una estructura determinada. Esa es una ventaja del podcasting, permite la experimentación igual que admite el uso de formatos radiofónicos.
Los más extremistas dicen que un podcast
es mp3 + RSS
Pero esto no define nada, solo describe una implementación técnica de podcast, una forma de publicar un podcast de las muchas alternativas existentes para hacerlo. Ni el podcast requiere que se use un formato de audio especifico ni un formato de feed determinado. ¿Es que acaso deja de ser podcast por usar audio en formato AAC y un feed Atom? Por supuesto que no.
Yo lo podría intentar definir como
Un programa en audio creado para su distribución por Internet que permite suscribirse a sus contenidos
Otra polémica ridícula es la de querer definir una línea de separación clara entre el audio y video. Si bien es cierto que se tiende a llamar podcasts a unos y videoblogs a los otros, se trata de contenidos audiovisuales, muy diferentes a la web hipertextual (ese hipertextual no, este otro) que hemos tenido hasta hace relativamente poco tiempo. Ambos formatos son nuevos y revolucionarios. El paso de un medio en formato texto a uno multimedia es lo que marca la verdadera diferencia respecto a la web clásica.
Aún y todo, el podcasting es un medio de comunicación similar en filosofía al blogging: publicación sencilla de contenidos en Internet, posibilidad de suscripción a esos contenidos, facilidad para comunicarse entre el autor y los usuarios. No creo que sea bueno considerarlo como algo totalmente diferente de los demás formatos de publicación de contenidos existentes que forman el llamado «social media» o «new media».
Evidentemente no se accede igual a los contenidos en texto que en audio o en video. Los hábitos de consumo de los usuarios son diferentes según el rango de edad, grado de alfabetización tecnológico o nivel cultural. Pero, al margen de esos hábitos de consumo, no existe ninguna diferencia fundamental entre la publicación de contenidos en texto, audio o video. Se trata de comunicación por Internet, de la posibilidad de acceder a contenidos a la carta según los intereses de cada individuo y permitir la democratización del uso de la Red como medio de comunicación.
Y por último, la pregunta que quedaría por responder sería ¿qué es ser podcaster? ¿a quién podemos considerar como podcaster? En la televisión o la radio sabemos rápidamente decidir quien es el presentador del programa o el locutor. En definitiva, sabemos distinguir quien es el comunicador. En el podcasting no está tan claro. Mucha gente considera como podcaster de verdad única y exclusivamente al que se curra todos los aspectos de la producción: desde el guión, los contenidos, el montaje, el diseño de la web, la locución, …
No ocurre lo mismo con el blogging. Cuando leemos un blog consideramos blogger al que escribe, al autor de las entradas del blog, al responsable de los contenidos. No nos planteamos si el blog es de diseño propio, alojado en un hosting personal o en un servicio gratuito. Aunque parezca mentira algunos se empeñan en crear esa distinción de podcasters «de élite». En un podcast los contenidos son el audio del programa.
Por lo tanto, la persona que realiza las tareas de locutor en el podcast y selecciona los contenidos a tratar debería ser considerada simple y llanamente como el podcaster, sin importar si publica los audios personalmente o es responsable de la edición del audio o del mantenimiento del sitio web del podcast. Cuando el trabajo de la publicación se reparte entre un equipo, eso no hace que el locutor deje de ser podcaster.
El medio audiovisual requiere de un nivel más de producción que la simple publicación de un texto y ha de tenerse en cuenta. Y si el contenido que se produce sigue las directrices ya conocidas de los medios tradicionales como la radio, eso no deja de ser simplemente un estilo de publicación y no debería marginarse a sus creadores porque sigan determinadas reglas «académicas».








